Abogados, agrimensores, arquitectos y promotores de viviendas advierten que las autoridades judiciales no crearon la estructura adecuada para el nuevo sistema..
Las denuncias de lentitud e ineficiencia en la revisión de inmuebles en proceso de deslinde, y en la entrega de los títulos de propiedad, cuestionan el éxito del programa de modernización de la jurisdicción inmobiliaria, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto que supera los US$40 millones.Juristas, agrimensores, arquitectos y promotores de viviendas advierten que las autoridades judiciales no crearon la estructura adecuada para implementar la normativa aprobada como parte del programa de modernización, el cual ha implicado cambios que incluyen nuevos formatos de certificados de títulos y el uso de instrumentos tecnológico de alta precisión para el área de mensura catastral.
Pero uno de los más grandes pasos de la reforma, y que mayor impacto ha generado en el mercado inmobiliario, es la disposición sobre el control y disminución de las llamadas “c onstancias anotadas”. Una figura jurídica, a través de la cual se expedían títulos de propiedades que no estaban deslindadas, vista por todos como el mal del sistema de la jurisdiccióninmobiliaria, debido a que generaba superposición de deslindes y falta de control sobre la propiedad.La nueva ley de Registro Inmobiliario (108-05) prohíbe hacer operaciones con cartas constancia.Establece como paso previo al proceso de registro, el procedimiento de deslinde, que es de carácter judicial, donde los jueces deben evaluar si las personas que reclaman la posesión de un derecho dentro de una constancia anotada, verdaderamente tienen las condiciones de posesión.Los agentes del área inmobiliaria se quejan porque en el proceso de adecuación a estas reformas, que son parte del programa de modernización iniciado en 2001, se están generando grandes retrasos en la tramitación de los expedientes. Esta situación les crea dificultades para realizar operaciones de venta, registro de condominio, otorgamiento de inmuebles y garantías.EN EL SECTOR FINANCIERO. Los cambios han impactado también en el sector financiero, debido a que la Ley 108-05, que entró en vigencia plena en abril de 2007, prohíbe a los bancos hacer transacciones con cartas constancias.Esto trae como consecuencia que en muchas ocasiones las instituciones financieras no tienen títulos donde inscribir sus hipotecas.Consultas realizadas a abogados especializados en derecho inmobiliario, a agrimensores, constructores y promotores de viviendas evidencian un gran disgusto con el personal que labora en los diferentes órganos de la jurisdicción inmobiliaria (Tribunales, Registros y Mensura Catastral).Se quejan de que trabajan con mucha lentitud, devuelven los expedientes una y otra vez con los mismos errores y desconocen el nuevo proceso. En sus manos tienen pruebas de que continúa la duplicidad de certificados y la falta de rigurosidad al expedir títulos por pérdida de los anteriores.Asimismo, en lo que respecta a la automatización de los datos, hay muchos casos de imágenes de certificados de títulos que no están en el sistema y entonces se requiere la reconstrucción del expediente, y por consiguiente, el inicio de un largo y tedioso proceso.“Mi cliente, inversionista español en el área turística, ha confrontado problemas desde el 2004 con la compra de varias propiedades. Sobre sus inmuebles se han emitido títulos a favor de terceros”, refiere la abogada Maribel Guzmán, quien afirma que para evitar un litigio interminable en algunos casos se han tenido que transar y han pagado cantidades millonarias a los “supuestos dueños, para que cedan los títulos”.
FuenteClave Digital, Mercedes González
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